Pensión del Bienestar: ¿Cómo y cuándo registrarte? Acá los requisitos

El trámite se realizará en módulos y por etapas, con prioridad para los municipios más pobres

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La Secretaría del Bienestar informó que a partir de este miércoles, 4 de agosto, los adultos mayores que tengan de 65 a 67 años podrán iniciar su trámite para recibir su pensión, que otorga el gobierno federal. Cabe destacar que en la Ciudad de México, este trámite iniciará a partir del próximo lunes 9 de agosto.

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De acuerdo con la dependencia, por instrucciones del presidente Andrés Manuel López Obrador, el acceso a la pensión de ha ampliado para beneficiar de manera universal a las personas a partir de los 65 años cumplidos, ya que solo se contemplaba a los mayores de 68 años. Ahora también se incluye a personas pensionadas y jubiladas.

Bienestar explicó que el trámite se realizará en módulos y por etapas, con prioridad para los municipios más pobres, por lo que es necesario mantenerse pendientes de las convocatorias en cada localidad.

Requisitos

  • Identificación oficial (credencial del elector, pasaporte, cartilla, cédula profesional, credencial del Inapam o carta de identidad)
  • CURP
  • Acta de nacimiento legible
  • Comprobante de domicilio no mayor a seis meses (teléfono, luz, gas, agua o predial)
  • Teléfono de contacto para dar seguimiento al trámite.

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Cuartoscuro

¿Dónde puedo consultar el módulo que me corresponde?

Desde este miércoles, el módulo que te corresponde se podrá consultar en la siguiente página: https://ubicatumodulo.bienestar.gob.mx/index y a través de la Línea de Bienestar 800 MEXICO 4 (800-639-42-64).

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Una vez realizado el trámite, se entregará a la persona adulta mayor su Tarjeta Bienestar para el pago de su pensión, que este año aumentó a 3,100 pesos bimestrales.

En caso de que la persona adulta mayor viva en condición de discapacidad o padezca alguna enfermedad que le impida salir de su domicilio, detalló, un familiar podrá solicitar una visita del personal de la Secretaría de Bienestar. Además, existirá la opción de registrar a una persona auxiliar

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MG

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