¿Qué es una persona ‘non grata’ y por qué declararon así a AMLO en Perú?

El presidente de México le respondió a las autoridades de Perú tras declararlo persona ‘non grata’.

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En días pasados, Andrés Manuel López Obrador expresó su opinión a cerca de los mandatarios de Perú, por lo cual le respondieron vetándolo del país sudamericano, lidereado por la presidente Dina Boluarte. Cabe destacar que las relaciones entre los mandatarios de México y Perú han ido de mal en peor desde que Boluarte asumió el cargo a finales del año pasado.

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Andrés Manuel considera que la presidenta de Perú asumió el cargo ilegalmente y además asegura que ha violado las leyes peruanas, pues, Dina Boluarte trabajaba en una empresa privada a la par de ser servidor público, lo cual es penado. Por esta razón el mexicano la llamo ‘usurpadora’ el 15 de mayo.

El día de ayer, 22 de mayo, el Congreso del Perú informó que la Comisión de Relaciones Exteriores aprobó la moción presentada por la legisladora María del Carmen Alva, la cual, rechaza al presidente de México, Andrés Manuel López Obrador y lo proclaman como persona ‘non grata’ con 11 votos a favor y uno en contra.

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AMLO es proclamado 'non grato' por decirle 'usurpadora' a la presidenta de Perú. (Créditos: Tw @congresoperu)

Por su parte, durante la conferencia matutina, el presidente mexicano respondió jubiloso a las autoridades peruanas tras proclamarlo como una persona no bienvenida en el país sudamericano.

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“Muchas gracias por que me declararon persona non grata. Es un timbre de orgullo… Me sentiría yo mal si esos legisladores y la señora que detenta el poder me entregaran una condecoración o me aplaudieran. A lo mejor me produciría vergüenza”, expresó AMLO.

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¿Qué significa ser una persona ‘non grata?

El término ‘non gratoviene del latín que significa ‘no grato’, y hace referencia a que una persona no es bienvenida. Es un término diplomático que está establecido en la ley que dicta que cualquier diplomático u autoridad de otro país puede ser declarado así sin que se expongan las razones a este.

En el art 9 de la Convención de 1961 se lee: “El Estado receptor podrá, en cualquier momento y sin tener que exponer los motivos de su decisión, comunicar al Estado acreditante que el jefe u otro miembro del personal diplomático de la misión es persona non grata, o que cualquier otro miembro del personal de la misión no es aceptable. El Estado acreditante retirará entonces a esa persona o pondrá término a sus funciones en la misión, según proceda. Toda persona podrá ser declarada non grata o no aceptable antes de su llegada al territorio del Estado receptor.

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Karla Julieta

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