¿Cómo puedo cambiar el nombre del titular del recibo de la CFE y cuánto cuesta?
Te llevamos de la mano en este proceso para que no tengas problemas con tu próximo pago

El pago de la luz a través de CFE es uno bastante fácil de realizar, pues se puede llevar a cabo en distintos establecimientos de la República Mexicana, pero algo que puede ser más complicado es cambiar el nombre del titular que aparece en el recibo, por lo que aquí te llevaremos de la mano para poder realizar este cambio y no tengas problemas con tu próximo pago.
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Para poder llevar a cabo el cambio de nombre titular en el recibo de la CFE es importante comprender las condiciones para ello; este tipo de modificaciones suele darse con la muerte del titular, la compra de una propiedad, o al momento de rentar una vivienda, todo esto para asegurar una transición correcta de los pagos de luz y electricidad.
Un paso importante a tener en cuenta antes de comenzar con el trámite de cambio es que el titular no cuente con ningún adeudo pendiente; después de asegurarte que las cuentas estén correctas deberás juntar los documentos necesarios para el cambio, los cuales pueden variar dependiendo de la razón por la que se esté llevando a cabo esta modificación en los recibos.

Es importante recalcar a los usuarios de CFE que el cambio del titular no tiene ningún costo extra, pero sí puede ser algo tardado, pues habrá que esperar entre 15 y 20 días para que el trámite quede finiquitado. Se recomienda estar en constante comunicación con la CFE durante este proceso para saber que se está llevando a cabo y resolver cualquier tipo de duda.
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Si vas a rentar una propiedad, para poder cambiar el nombre en el recibo necesitarás contar con una copia del RFC del nuevo inquilino, un escrito dirigido a la CFE donde se explique el por qué del cambio, el contrato de arrendamiento actualizado, una identificación oficial y una fotografía del medidor eléctrico reciente, en donde se muestre la lectura actual. Para quienes comprando una propiedad, además de la documentación ya mencionada, se requiere una copia del contrato de compra-venta y la constancia predial, asegurando la legitimidad del nuevo dueño.
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En caso de que el cambio se de por el fallecimiento del titular, el trámite se vuelve un poco más complicado, pues habrá que incluir documentos como el acta de defunción y una solicitud escrita en la que se pide el cambio por dicho motivo. Es importante contar con el documento de identidad tanto del fallecido como del nuevo titular para que este cambio se lleve a cabo.
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