Denuncian ¿esclavitud? en Centros de Detención, se les pagaba 1 DÓLAR por trabajar todo el día

Una compañía penitenciaria privada deberá pagar más de 23 millones de dólares como parte de una serie de demandas en las que se le acusó de administrar sus centros de detención a expensas de los detenidos

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El juez federal de distrito Robert Bryan ordenó el martes a GEO Group pagar 5,9 millones de dólares de sus ganancias al estado de Washington. Bryan dijo que ese fue el monto con el que la compañía se enriqueció injustamente desde 2005 al pagarles un dólar diario a los detenidos que se ofrecían a realizar tareas de cocina y limpieza, en el lugar del salario mínimo establecido por el estado.

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El fallo se produjo apenas tres días después de que un jurado ordenó el viernes a la empresa pagar 17,3 millones de dólares en salarios atrasados ​​a los más de 10.000 reclusos y exreclusos del centro de detención del Noroeste, en Tacoma.

“Este es un triunfo histórico para los derechos de los trabajadores y la dignidad humana básica”, manifestó el secretario de Justicia del estado de Washington, Bob Ferguson, en un comunicado por escrito.

Se presume que GEO apelará la decisión. La compañía, que no respondió a emails de The Associated Press en busca de comentarios, ha recibido permiso del Servicio de Control de Inmigración y Aduanas (ICE por sus iniciales en inglés) para suspender su programa de empleo para detenidos hasta que se realice la apelación , según documentos de la corte.

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La compañía sostuvo que los detenidos no eran empleados de acuerdo a la Ley de Salarios Mínimos de Washington. Incluso si lo hubieran sido, dijo la compañía, sería ilegalmente discriminatorio que Washington le exigiera a GEO pagar el salario mínimo cuando el estado no les paga el salario mínimo a los presos que trabajan en las prisiones o centros de detención de la entidad.

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La definición de “empleado” según la ley de salarios mínimos de Washington es ambigua e incluye a cualquier persona a la que un empleador le permita trabajar sin importar su estatus migratorio o laboral. La ley establece que los residentes de "un centro de detención" estatal, de condado o municipal "no tienen derecho al salario mínimo por el trabajo que realicen.

“Las personas bajo detención en custodia, como los apelantes, no se encuentran en una relación empleador-empleado sino en una relación entre la parte que recluye y el recluido”, escribió el panel.

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