¿Qué multas enfrentan migrantes que no porten comprobante de registro extranjero en EEUU?
Las autoridades estadounidenses han impuesto nuevas medidas para la estancia de extranjeros en territorio estadounidense y de no cumplirlas podrías llegar hasta la cárcel

Desde el 11 de abril, el gobierno de los Estados Unidos implementó una medida para que los extranjeros deban portar en todo momento una notificación oficial como evidencia de registro si permanecieron más de 30 días en suelo estadounidense, al no cumplir dicha exigencia podrían acarrear multas económicas o un tiempo de prisión.
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El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) explicó que no portar la evidencia de registro constituye una infracción independiente por cada ocasión detectada, lo que habilita múltiples penalidades. Entre las sanciones previstas incluyen:
- Multa máxima de 5000 dólares
- Prisión por 30 días
- Ambas opciones
De igual manera, la organización indicó que, si no se demuestra que la omisión fue involuntaria o razonable, el extranjero o inmigrante podría sufrir un castigo adicional como el ser deportado.
De acuerdo con el Uscis, la normativa fue hecha para los extranjeros mayores de 14 años que no registraron datos biométricos al solicitar una visa, la cual también incluye a quienes estén en el país más de 30 días sin estatus migratorio y padres o tutores legales de menores de 14 años que no hayan sido registrados.
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Por otro lado, están exentos los nativos americanos nacidos en Canadá bajo la sección 289 de la INA (Ley de Inmigración y Nacionalidad) y los miembros de la Tribu Kickapoo, así como aquellos que cumplieron con su proceso de entrada a territorio estadounidense. Tampoco tendrán que iniciar este proceso las siguientes personas con:
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- Permiso de residencia
- Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés)
- Acción Diferida para los Llegados en la Infancia ( DACA, por sus siglas en inglés)
- Refugio
- Asilo
- Parole humanitario
¿Cómo se hace el registro para extranjeros?
Este procedimiento tendrá que hacerse a través de la USCIS con los siguientes pasos:
- Crear una cuenta en el sitio web del Uscis
- Completar y enviar el formulario G-325R con información biográfica
- Asistir a la cita biométrica programada en los centros de servicio de Uscis
- Brindar huellas dactilares, fotografía y firma
Tras finalizar con cada uno de ellos, el organismo migratorio realizará una verificación de antecedentes penales, una vez completada emitirá el “Comprobante de Registro de Extranjero”, el cual deben portar en todo momento mientras se permanezca en Estados Unidos.
Cabe resaltar que la INA ha exigido que cualquier persona registrada actualice su dirección dentro de los diez días posteriores a una mudanza, de acuerdo con el USCIS en un aviso publicado en su sitio oficial.
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