¿Qué pasa con el SAT si me depositan dinero de Estados Unidos?
Si tienes familiares en territorio estadounidense y recibes dinero durante cierto periodo de tiempo. Te diremos lo que establece el SAT respecto a las remesas recibidas y la declaración de las mismas
El 15 de diciembre de 1995 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley del Servicio de Administración Tributaria, ordenamiento mediante el cual se creó el órgano administrativo descentralizado Servicio de Administración Tributaria (SAT), máxima autoridad fiscal responsable del cobro de impuestos en México y que se encuentra vigilando a personas físicas y morales, incluyendo los depósitos de dinero que reciben de los Estados Unidos.
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Algunas familias en territorio mexicano cuentan con parientes cercanos en los Estados Unidos, los cuales envían dinero en cierto periodo de tiempo, lo que se le conoce como remesas. En ese sentido, el SAT determinó que se debe pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) si se obtienen ingresos por medio de remesas, dicho impuesto será aplicado sobre los ingresos que una persona o empresa recibe a lo largo de un año fiscal, y se calcula aplicando una tasa a la entrada de dinero.
No obstante, el tema se ha complicado al momento de determinar la cantidad a pagar debido a que no hay en el país una legislación que aborde la fiscalización de remesas. Según el Colegio de Contadores Públicos de México, la mayoría de las empresas encargadas de realizar este tipo de transferencia no solicitan el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), lo que dificulta aún más la regulación.
Excepciones de pago de ISR por remesas
Dentro de la Ley Federal del Impuesto sobre la Renta, los donativos (depósitos) estarán exentos de impuestos cuando se reciban entre la familia directa, ya sea el cónyuge, padres o hijos del contribuyente, cualquiera que sea el monto, siempre y cuando no sean enajenados por terceros. No obstante, si el valor total de los donativos recibidos en un periodo de un año excede tres veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año, se deberán pagar los impuestos correspondientes al excedente.
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En ese sentido, dentro de la Zona Libre de la Frontera Norte, el monto no deberá superar los 337 mil pesos, mientras que en el resto del país el límite será de 224,000 pesos. Ambos montos tendrán que calcularse con el salario mínimo percibido en el año. Cabe resaltar que las personas físicas residentes en territorio mexicano, estarán obligadas a informar, en la declaración del ejercicio, sobre los préstamos, los donativos y los premios obtenidos en el mismo, siempre que éstos, en lo individual o en su conjunto, excedan los 600,0000 pesos.
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Será importante que los usuarios guarden cualquier tipo de recibo, extracto bancario u otros documentos relacionados con las remesas que reciben. En caso de que el SAT preguntará por el origen del dinero, será necesario contar con algún escrito en el que la persona que te da el dinero manifieste su voluntad de hacerte una donación.
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