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LISTA de migrantes que NO podrán tramitar el Estatus de Protección Temporal en 2025 en EEUU

La política migratoria de Donald Trump continúa siendo bastante estricta

LISTA de migrantes que NO podrán tramitar el Estatus de Protección Temporal en 2025 en EEUU
Estos migrantes podrán tener acceso al programa (AFP)

Uno de los beneficios que otorga el Estatus de Protección Temporal en los Estados Unidos es el proteger a aquellas personas que provienen de naciones que enfrentan conflictos bélicos, desastres naturales o crisis humanitarias, pero no todos los migrantes pueden acceder a este programa, el cual tiene varias restricciones para su acceso.

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El Estatus de Protección Temporal permite a los migrantes estar en los Estados Unidos de manera legal, trabajando y evitando problemas de deportaciones. De acuerdo al Departamento de Seguridad Nacional no todos tienen acceso a este programa, pues se toman en cuenta algunos requisitos bastante rigurosos a tomar en cuenta.

Aquellas personas que no cumplan los requisitos no podrán formar parte del programa, independientemente de que su país de origen esté dentro del listado de los Estados Unidos. A pesar de las restricciones que puedan estar presentes para este 2025, algunos migrantes sí que podrán formar parte de este apoyo que brinda el gobierno.

Para poder solicitar tu entrada al Estatus de Protección Temporal deberás contar con la documentación requerida por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos. Dentro de ellos se encuentran el formulario I-821, el formulario I-765, pasaporte vigente o certificado de nacimiento, pruebas de ingreso y residencia en Estados Unidos, así como documentos que prueben tu identidad y nacionalidad.

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AFP

Los inmigrantes que no podrán solicitar el trámite de protección serán aquellos que cuenten con condenas por delitos graves, aquellos que sean considerados inadmisibles según la Ley de Inmigración y Nacionalidad, personas con restricciones de asilo, solicitantes sin residencia o presencia física continua, y beneficiarios que no renueven su estatus a tiempo.

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Por el contrario, aquellos migrantes que sí podrán solicitar su entrada al Estatus de Protección Temporal serán aquellos ciudadanos de países designados, personas que hayan ingresado antes de la fecha límite, inmigrantes con residencia continua, personas sin antecedentes penales graves, y aquellos solicitantes que cumplan con los requisitos administrativos.

El programa de Estatus de Protección Temporal fue creado en 1990 por el Congreso de Estados Unidos y busca dar asilo a quienes tienen conflictos para regresar a sus países de origen. En un momento en donde las redadas por deportaciones se han acrecentado, este programa ayuda a bastantes migrantes a continuar su vida en el país norteamericano, pero no todos tienen la misma suerte, como es para los de origen venezolano, que a partir del próximo 7 de abril dejarán de formar parte de esta lista.

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Jonathan Almazán

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